Uno de los principales aspectos que convierten el Acuerdo de París en histórico y distinto respecto a otras cumbres, es que esta vez sí se llegó a un acuerdo con efectos vinculantes. El texto final firmado tiene efectos jurídicos sobre los países signatarios de la Convención. Su ratificación es obligatoria por las partes y debe haberlo sido por un número mínimo para entrar en vigencia. Sin embargo, casi todos los países en desarrollo condicionaron sus metas al financiamiento externo.
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